Oficina de Servicios Canónicos
Ligamen
¿Qué es un Ligamen? Es una palabra derivada del latín que significa "lazo" o "atadura," una petición judicial de Ligamen tiene por objeto demostrar que un matrimonio se contrajo inválidamente debido a que las partes estaban enlazadas/unidas a un matrimonio anterior. Conforme a las enseñanzas de Jesús respecto a que el matrimonio perdura hasta la muerte (cf. Mt. 19), una persona que está casada no puede contraer otro matrimonio válido.
¿Cuáles son las condiciones necesarias para un Ligamen?
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Que una parte haya estado válidamente casada antes del matrimonio que la parte actora desea anular.
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Que el primer esposo de una parte esté todavía vivo.
¿Cuánto tarda? Una vez que recibimos la petición judicial con todos los documentos correspondentes, puede tomar dos meses; sin embargo el tribunal requiere de forma inexcusable la participación de la parte convenida porque es la parte convenida quien debe proveer una copia del acta de la licencia o matrimonio civil con su primer cónyuge (dado que se trata de un documento público que sólo los esposos pueden solicitar al condado). Un ligamen requiere de la ayuda del ex esposo.
¿Cuánto cuesta? A partir de agosto de 2014 se eliminaron los costos de todo tipo de procesos matrimoniales. La eliminación de costos hace que inciar un proceso matrimonial esté al alcance de todos y elimina la impresión de que es posible comprar una "anulación." Aunque no hay ningún cobro, usted debe hacer contribuciones regulares a su parroquia, tal y como manda la Biblia. Así como el ministerio de Jesús fue financiado por las mujeres que lo seguían, del mismo modo el buen trabajo de la misión de la Iglesia Católica -incluyendo los procesos matrimoniales- se hace posible en parte gracias a la obligación que tenemos de ofrecerle un porcentaje de nuestros ingresos a Dios.
Las peticiones judiciales deben acompañarse de lo siguiente:
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Una copia de la licencia/certificado del matrimonio civil. Cada estado o nación tiene su propio formato, requerimos el que nos proporcione información estadística, particularmente, si este matrimonio es el 1o, 2o, 3o, etc, para cada una de las partes. Debe contener, además, el nombre del ministro que presidió la ceremonia y su título.
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Una copia de la sentencia de divorcio o decreto de nulidad emitida por el tribunal civil que resolvió los efectos civiles del matrimonio. Cada estado o nación tiene un formato diferente. Estamos buscando el formato que especifique la fecha en que el matrimonio fue disuelto por la autoridad civil. La copia debe llevar un sello o impresión que demuestre que el decreto final o el fallo ha sido ingresado por el tribunal. (No es necesario presentar acuerdos ni copias de órdenes judiciales relacionadas con la propiedad).
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Una copia de la licencia del matrimonio civil del primer matrimonio de la parte convenida. Cada estado o nación tiene su propio formato. Requerimos el que nos provea información estadística, en particular qué número de matrimoio fue este para cada una de las partes (la licencia debe indicar que fue el primer matrimonio de la parte convenida). Debe además contener el nombre del ministro u oficial que presidió la ceremonia y su título. Aquí es donde la parte actora necesita la ayuda de su ex esposo, y es por ello que este tipo de proceso no se realiza con frecuencia.
Ninguna petición debe ser enviada a la Oficina de Servicios Canónicos si no se le hace acompañar de todos estos documentos. La falta de cualquiera de éstos impedirá que la causa sea aceptada. En ese caso la Oficina de Servicios Canónicos se reserva el derecho de regresar el escrito al auxiliar de procesos matrimoniales sin realizar ninguna acción posterior. Si fuera verdaderamente imposible proveer alguno de los documentos, la parte actora debe dar una explicación detallada por escrito de los motivos de esta imposibilidad (por ejemplo, "la iglesia se quemó", o "el matrimonio no fue asentado en ningún registro civil o eclesiástico") y cómo es que la parte actora tiene la certeza de que el evento realmente se llevo a cabo (por ejemplo "yo debo haber sido bautizado porque todos mis hermanos lo fueron e hice mi Primera Comunión"). Si la parte actora no puede proporcionar el documento basta con que escriba un parágrafo explicando el por qué.
Ninguna petición judicial deberá ser enviada a la Oficina de Servicios Canónicos sin que se haya completado la sección en donde se solicita la información de contacto de la parte convenida.