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"Anulaciones"

 En sentido estricto, cuando nos referimos a una "anulación", en realidad estamos hablando de un Proceso Formal de Declaración de Nulidad Matrimonial. Sin embargo, usamos el mismo término para referirnos a otros procesos: Falta de Forma Canónica, el Privilegio Paulino, y el Privilegio en Favor de la Fe.

Conforme a la Teología Católica, el consentimiento válido entre el varón y la mujer produce un matrimonio válido. Contrariamente, si el consentimiento de las partes es defectuoso/inválido, entonces el matrimonio es nulo/inválido. Dios sabe si se prestó un consentimiento válido, aun y cuando los esposos no lo sepan. Antes que cualquier otra cosa, un proceso de nulidad matrimonial es una búsqueda de la verdad, una investigación para determinar si el consentimiento que prestaron las partes fue válido, o si el de al menos una de ellas adoleció de algún vicio. Consecuentemente, el simple hecho de que alguien solicite que se investigue la posible nulidad de su matrimonio no significa que recibirá una sentencia a favor de la declaración de la nulidad del vínculo. Todos los matrimonios se presumen válidos, y es deber de la parte actora ofrecer pruebas para demostrar que el consentimiento de  ambas o de alguna de las partes  fue inválido.

Documentos Necesarios

 

Sin importar cuál sea el tipo de proceso matrimonial que se solicite, todas las solicitudes deben ir acompañadas de los siguientes documentos:  

  • Una copia del acta de bautismo de la parte católica interesada, emitida por la parroquia de bautismo.  

  • ​ Una copia del acta de matrimonio civil, del matrimonio cuya declaración de nulidad se solicita. Cada estado o país tiene un formato diferente.  Buscamos el formato que nos proporcione información estadística, en particular  qué número de matrimonio es este para cada parte: 1o, 2o, etc. Debe contener además el nombre del ministro que ofició la ceremonia así como su título. 

 

  • Una copia del acta de matrimonio por la iglesia (emitida por cualquier denominación religiosa)  cuya declaración de nulidad se solicita, en caso de que la boda haya tenido lugar en alguna Iglesia.  

 

  • Una copia del Decreto final de sentencia o disolución, divorcio o nulidad emitido por la corte civil que  resuelve el aspecto civil del matrimonio. Cada estado o país tiene un formato diferente, requerimos un formato que especifique la fecha en que el matrimonio fue disuelto por la ley civil.  La copia debe llevar un sello o impresión que demuestre que el tribunal ha consignado la fecha del fallo o decreto final  (No requeremos copias de órdenes judiciales relacionadas con la propiedad).

 

 

Escritos de Demanda (Peticiones)

Ningún escrito de demanda deberá ser enviado a la Oficina de Servicios Canónicos si no se le hace acompañar de los documentos antes mencionados. La falta de cualquiera de estos documentos impedirá de que se inicie el proceso . En este caso la Oficina de Servicios Canónicos se reserva el derecho de devolver el escrito al auxiliar de procesos matrimoniales o a la parte actora sin  realizar acción alguna. En caso de que la parte actora se vea imposibilitada de presentar alguno de los documentos,  deberá ofrecer una explicación escrita aclarando:  por qué es imposible proporcionar el documento (Por ejemplo, "la iglesia se quemó", "el matrimonio nunca fue asentado en ningún registro civil o eclesiástico", y cómo es que la parte actora tiene la certeza de que el evento realmente se llevó a cabo  (por ejemplo," Debo haber sido bautizado porque todos mis hermanos lo fueron, e hice mi primera comunión "). Si la parte actora se viera imposibilitada para proporcionar algún documento, simplemente escriba un parágrafo explicando el porqué. 

Desde agosto del 2014 no hay tarifas ni costos por ningún tipo de proceso matrimonial.  Los Procesos de Nulidad Matrimonial no pueden comprarse, y el hecho de que se hayan eliminado los costos permite que estén al alcance de ricos y pobres.

Ningún escrito de demanda deberá ser enviado a la Oficina de Servicios Canónicos sin que se llene la sección en la que se solicita información para localizar a la parte convenida. Si es verdaderamente imposible proporcionar la información de contacto  de la parte convenida, la parte actora, con la ayuda del auxiliar de procesos matrimoniales, debe presentar una explicación jurada, completa por escrito,  manifestando el motivo de dicha imposibilidad. La parte actora no necesita ponerse en contacto con la parte convenida (el tribunal se hará cargo de ello); sin embargo, en todos los casos, siempre, la participación de la parte convenida  hace que el proceso se desarrolle con más rapidez y favorece a que los jueces lleguen al descubrimiento de la verdad. La parte actora debe desear que la parte convenida participe.

 

Ningún escrito de demanda deberá enviarse  a la Oficina de Servicios Canónicos sin que la parte actora se haya entrevistado previamente con un  auxiliar de procesos matrimoniales aprobado por la diócesis (alguien que haya recibido la capacitación para poder ayudarle a que prepare su escrito de demanda).

Ningún escrito de demanda deberá ser llenado y enviado por correo a la Oficina de Servicios Canónicos sin una entrevista previa con el auxiliar de procesos matrimoniales de su parroquia. Todos los procesos matrimoniales se inician en la parroquia, cuando la parte actora se reúne con el auxiliar de procesos matrimoniales. Es ahí donde la parte actora debe llenar el formulario y reunir los documentos necesarios para que el auxiliar de procesos matrimoniales (no la parte actora) envíe el escrito a la Oficina de Servicios Canónicos.

 

¿Qué tipo de proceso matrimonial necesita?

Determinar qué tipo de proceso matrimonial necesita depende antes que nada del estado bautismal de ambos cónyuges al momento de la boda. El  lugar en donde se llevó a cabo la ceremonia y el tipo de ministro que la celebró, determinará además el tipo de solicitud que se requiere.

 

Una  Solicitud para un Proceso Formal de Declaración de Nulidad es aplicable en las siguientes situaciones:

  1. Cualquier matrimonio entre dos personas, ninguna de ellas bautizada en la Iglesia Católica antes del matrimonio. Sí, los no católicos necesitan una Declaración de Nulidad de la Iglesia Católica aun y cuando el matrimonio no se haya celebrado en la Iglesia Católica y ninguna de las partes sea católica.  

  2. Cualquier matrimonio que haya tenido lugar en la Iglesia Católica entre dos bautizados católicos.  

  3. Cualquier matrimonio que haya tenido lugar en la Iglesia Católica entre una parte bautizada católica y cualquier otra persona.  

Una Solicitud para un Proceso de Falta de Forma Canónica es posible cuando una de las siguientes condiciones se cumplen:

  1. Uno (o ambos) la novia y el novio eran bautizados católicos al momento de la boda. No importa si el bautizado católico pertenecía a otra iglesia o fue bautizado en otra religión, únicamente que él o ella hayan sido bautizados católicos antes de la boda. Y

  2.  Que la boda no haya tenido lugar en una Iglesia Católica ante un sacerdote católico o diácono, y que nunca haya sido "bendecida"/convalidada en la Iglesia Católica en una fecha posterior.  

 

Un  Privilegio Paulino es posible si todas las siguientes condiciones se cumplen:

  1. Hay un matrimonio válido entre dos personas  no bautizadas. 

  2. Uno de los esposos se bautiza válidamente con posterioridad (o desea un bautismo cristiano).   

  3. El esposo no bautizado se reúsa a cohabitar  con el cónyuge bautizado o a cohabitar pacíficamente "sin ofender al Creador." 

Un ejemplo común del Privilegio Paulino es cuando termina un matrimonio entre dos no bautizados y uno de ellos quiere convertirse a la fe católica.  

 

 

Un Ligamen  es el caso en donde un cónyuge al momento de la boda estaba todavía "ligado" a un cónyuge anterior y por lo tanto no gozaba de libertad para casarse. Estos casos requiren mucha ayuda por parte del cónyuge anterior, lo que lleva a que no siempre sea posible llevar a cabo este proceso. Si un ex esposo no está dispuesto a colaborar, entonces no es posible hacer un ligamen y por lo tanto será necesario que investiguemos la causa matrimonial a través de un proceso formal.  

 

 

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